
Monotributo en septiembre 2026: cuánto se paga y cuáles son los nuevos topes de ARCA
Jorge BravoPara los contribuyentes que abonan los tres componentes del régimen impositivo, previsional y obra social, la cuota mensual partirá de $49.527,18 para la categoría A y llegará hasta $1.614.446,04 para la categoría K en el caso de prestación de servicios. Para quienes se dedican a la venta de cosas muebles, la cuota máxima será de $702.103,24.
Los importes de septiembre serán iguales a los vigentes en agosto y variarán según la categoría y la actividad desarrollada.
cuánto se paga según la categoría
En las categorías iniciales, la cuota será de $49.527,18 para la categoría A y de $56.379,08 para la B, sin diferencias entre servicios y venta de bienes.
Desde la categoría C aparecen diferencias según la actividad. Los valores serán:
- Categoría C: $66.020,12 para servicios y $64.530,58 para bienes.
- Categoría D: $84.612,93 y $82.564,81.
- Categoría E: $119.811,45 y $108.267,51.
- Categoría F: $150.784,21 y $129.930,65.
- Categoría G: $230.312,94 y $158.815,05.
- Categoría H: $522.706,68 y $317.895,01.
- Categoría I: $963.747,86 y $474.992,78.
En la categoría J, los prestadores de servicios deberán pagar $1.167.299,76, mientras que quienes venden bienes abonarán $580.793,69.
Finalmente, en la categoría K, la cuota será de $1.614.446,04 para servicios y $702.103,24 para venta de cosas muebles.
Nuevos topes de facturación
La actualización también modificó los ingresos brutos anuales máximos para cada categoría. Los límites quedaron establecidos de la siguiente manera:
- A: $12.009.410,45
- B: $17.595.182,74
- C: $24.670.494,31
- D: $30.628.651,43
- E: $36.028.231,33
- F: $45.151.659,41
- G: $53.995.798,87
- H: $81.924.660,37
- I: $91.699.761,90
- J: $105.012.519,20
- K: $126.610.838,75
De esta manera, $126.610.838,75 constituye el máximo de facturación anual para permanecer dentro del monotributo.
Otros parámetros que deben controlar los monotributistas
Además de los ingresos, ARCA contempla otros parámetros para determinar el encuadre de cada contribuyente, entre ellos el consumo anual de energía eléctrica, la superficie destinada a la actividad, los alquileres devengados y, en el caso de la venta de bienes, el precio unitario máximo.
El precio máximo permitido por unidad es de $716.840,77.
En cuanto al consumo de energía, los límites van desde 3.330 kWh anuales para la categoría A hasta 20.000 kWh para las categorías G a K.
La superficie afectada a la actividad alcanza los 30 metros cuadrados en la categoría A y llega a 200 metros cuadrados desde la categoría G hasta la K.
Los alquileres devengados también cuentan como parámetro. Para las categorías A y B el límite anual es de $2.792.886,15, mientras que para H, I, J y K llega a $8.378.658,45 anuales.
Los contribuyentes deberán revisar periódicamente todos estos parámetros. Si superan los límites correspondientes a su categoría, puede corresponder una recategorización. En tanto, superar los máximos establecidos para la categoría K puede generar la exclusión del monotributo y el ingreso al Régimen General.
Fuente: Iprofesional.


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